El Constitucional suspende la ley de Ayuso para personarse en los tribunales contra protestas como las de La Vuelta

El Pleno del Tribunal Constitucional ha suspendido la ley que aprobó en abril el Partido Popular en Madrid, que habilitaba al Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso a ejercer la acción popular en determinadas causas judiciales. Los jueces admiten el recurso de inconstitucionalidad que presentó el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y dan un nuevo varapalo a la presidenta de la Comunidad de Madrid. Este proyecto de ley que la Asamblea convalidó en abril con la mayoría absoluta del PP, reformó varias normas para permitir a la administración regional personarse en causas judiciales contra protestas como las propalestinas durante La Vuelta ciclista a España, entre otras. El recurso presentado por Sánchez invocaba el artículo 161.2 de la Constitución Española, que permite al Gobierno impugnar ante el Constitucional resoluciones de las comunidades autónomas. La Carta Magna establece que «La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses». El Pleno especifica que deja sin efecto la Ley 1/2026 desde la fecha en la que el presidente interpuso el recurso, en el mes de julio. Sánchez alegó que la norma, que reformó normas ya existentes para ampliar las competencias de la Comunidad de Madrid en asuntos «de interés general», podía ser contraria al artículo 149.1 de la Constitución. Concretamente, al apartado que otorga al Estado la competencia exclusiva en la «legislación procesal». NOTICIA EN AMPLIACIÓN…

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